jueves, 18 de septiembre de 2014

DOCUMENTOS PARA ACCIÓN EN JUZGADOS

Modelo de apelación y las instrucciones de acuerdo con el nuevo RDL DE 5 DE SEPTIEMBRE y las Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea




Kit de emergencia 2.0 (modelo de apelación)
Recurso de apelación para entregar a los abogados de oficio. Todos los procesos de ejecución anteriores al 7 de Septiembre en los que se hayan desestimado las cláusulas abusivas pero que sigan en posesión de la vivienda tienen que presentar a través de su abogado este documento útil, el modelo de apelación. Se ha de presentar antes del 8 de Octubre, siempre que hubiesen presentado oposición por cláusulas abusivas.
  • Modelo escrito para solicitar individualmente al Juez decanato la nulidad de los procedimientos en trámite en base a las sentencias del TJUE

    Solicitud individual al Juez decano que facilite a los jueces encargados de la ejecuciones hipotecarias, las sentencias del TJUE relacionadas y la convocatoria de una Junta de Jueces, en el que incluya como punto de Orden del día a tratar, la suspensión inmediata de los procedimientos de Ejecución Hipotecaria por la vulneración constante de los DDHH.
    • Modelo escrito para solicitar, a través de un representante, a los Juzgados decanos la nulidad de los procedimientos en trámite en base a las sentencias del TJUE

      Solicitud a través de un representante a los Juzgados decanos para facilitar la labor jurisdicional de su partido judicial facilite a los jueces encargados de la ejecuciones hipotecarias, las sentencias del TJUE relacionadas y la convocatoria de una Junta de Jueces, en el que incluya como punto de Orden del día a tratar, la suspensión inmediata de los procedimientos de Ejecución Hipotecaria por la vulneración constante de los DDHH.

lunes, 8 de septiembre de 2014

LAS PLATAFORMAS STOP DESAHUCIOS DE ARABA, BIZKAIA Y GIPUZKOA DENUNCIAN EL NUEVO REGALO DE RAJOY A LA BANCA

Gasteiz/Bilbo/Donostia, 8-9-2014
Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca, Kaleratzeak Stop Desahucios de Gipuzkoa, Bizkaia y Araba denuncian el nuevo regalo de Rajoy a la banca.

El gobierno ha modificado la LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, después del varapalo del TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA en su sentencia del 17 de julio pasado, al recoger la denuncia que hizo LA PAH JURIDICA sobre la discriminación que sufren los deudores hipotecados al no tener derecho a recurso alguno ante los autos judiciales que rechazan la existencia de cláusulas abusivas existentes en los contratos hipotecarios, mientras que las entidades financieras sí tienen derecho a recurrir.

El Partido Popular, que solo actúa en favor de los deudores de buena fe cuando se lo ordena el TJUE, no ha tenido más remedio que incluir este derecho mediante la publicación en el BOE del sábado 6 de septiembre del Real Decreto Ley 11/2014 de 5 de Septiembre "de medidas urgentes en materia concursal", DANDO A LOS DEUDORES, víctimas de la estafa financiera e inmersos en ejecuciones hipotecarias para el

desahucio de su vivienda, el PLAZO PRECLUSIVO DE UN SOLO MES desde el día siguiente a la publicación del Real Decreto Ley.


Consideramos que este es un plazo infame para recurrir en apelación para quien no pudo hacerlo en su momento, para evitar la aplicación las innumerables cláusulas abusivas que contienen todas las escrituras de hipotecas.
Por otra parte, comprobamos que el gobierno obedece una vez más a la banca al desaprovechar esta oportunidad para modificar el artículo 698 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y es que en la sentencia del TJUE del 17 de Julio de 2014, asunto C-169/14, Sánchez Morcillo contra el BBVA, ya insistía de nuevo que el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, en relación con el artículo 47 de la Carta de los

Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretase en el sentido de que se opone a un sistema de procedimientos de ejecución, como el español, que establece que el procedimiento de ejecución hipotecaria no podrá ser suspendido, es decir, que no permite que el juez que conozca del proceso declarativo, competente para apreciar el carácter abusivo de dicha cláusula, adopte medidas cautelares que garanticen la plena eficacia de su decisión final.

Este es un nuevo insulto a las víctimas y un regalo a los verdugos financieros, y llega en un momento en el que el número de ejecuciones hipotecarias sigue en las dramáticas cifras de años anteriores, mientras el paro y la pobreza siguen aumentando al igual que los beneficios de la banca y las grandes empresas que cotizan en el IBEX.

Las Plataformas de Afectados por las Hipoteca de Euskadi no nos cansaremos de exigir medidas efectivas que sí alivien a los deudores de buena fe, empobrecidos a consecuencia de la estafa financiera, medidas como las contenidas en nuestra ILP, traicionada por la ley hipotecaria de Rajoy. Nos referimos a la dación en pago y el alquiler social o las quitas de deuda, que desgraciadamente la entidad que más hipotecas ha concedido en Euskadi, KUTXABANK, se niega sistemáticamente a conceder, pese a haber obtenido en el primer semestre de este año 76 millones de beneficios, un 57,3% más que en el2013.

Por último hacemos un llamamiento a todos los hipotecados con procedimientos de demandas contra su vivienda habitual incoados en los juzgados de Euskadi a que se pongan en contacto con la Plataforma más cercana, cuyos teléfonos de contacto podrá encontrar en la web

http://stopdesahucios.plazan.net/,

siendo el de

Donostia: 669 428 598,

el de Bilbao: 610 891 789,

y el de Gasteiz: 616 385 471




SI SE PUEDE.

ARABA, BIZKAIA ETA GIPUZKOAKO KALERATZEAK STOP ELKARTEEK

RAJOY-k BANKUEI EGIN DIEN OPARI BERRIA SALATZEN DUGU

Gasteiz/Bilbo/Donostia, 2014-9-8
Gipuzkoa, Bizkaia eta Arabako Kaleratzeak Stop -Hipotekaren Kaltetuen Elkarteek Rajoy-k bankuei egin dien opari berria salatzen dute.

Espainiar gobernuak PROZEDURA ZIBILEKO LEGEA aldatu du, EUROPAR BATASUNEKO JUSTIZIA EPAITEGIAK pasa den uztailaren 17ko epaiaren bidez eman dion makilakadaren ondorioz. Epai horren bidez PAH JURIDIKOAREN salaketa kontuan hartua izan da. Bertan salatzen zen hipoteka kontratuetan abusuzko klausularik egotea baztertzen duten auto judizialen aurka helegiterik jartzeko aukerarik ez dutela fede oneko zordunek, banku-entitateek aldiz helegitea jartzeko aukera duten bitartean.

Alderdi Popularrak, fede oneko zordunen alde Europar Batasuneko Justizia Epaitegiak hala agintzen dioenean bakarrik egiten duenak, ez du beste irtenbiderik izan eta pasa den irailaren 6an, larunbatez, BOE-an argitaratu du Irailaren 5eko 11/2014 "konkurtsoen gaineko premiazko neurrien" Lege Dekretua. Bertan estafa finantziarioen biktima diren eta exekuzio hipotekario baten mehatxupean dauden ZORDUNEI HILABE BAKARREKO EPEA eman die, Lege Dekretuaren argitaratzearen hurrengo egunetik hasita.


Uste dugu epe hau iraingarria dela, bere garaian helegitea jarri izan ezin zuenak helegitea jarri ahal izateko, hipotea-eskritura guztiek dituzten abusuzko klausulak aplikatzea ekidin ahal izateko.
Bestalde, argi eta garbi dakusagu gobernuak berriz ere bankuen alde egiten duela, aukera berri bat galdu baitu Prozedura Zibileko Legearen 698 artikulua aldatzeko. Izan ere, Europar Batasuneko Justizia Epaitegiaren 2014ko uztailaren 17ko epaian (C-169/14 Sánchez Morcillo BBVAren aurka), berriz ere esaten zen Kontseiluaren 1993ko apirilaren 5eko 93/13/CEE Direktibaren 7.artikuluko lehen atala, kontsumitzaileekin sinaturiko kontratuetako abusuzko klausulen ingurukoa eta Europar Batasuneko Oinarrizko Eskubideen Gutunaren 47. artikuluaren inguruan, espainiarra bezalako exekuzio prozeduren aurkakotzat ulertu behar dela. Izan ere, prozedura espainiarrak zehazten du exekuzio hipotekarioak ezingo direla gelditu, hau da, kalusularen bat abusuzkoa dela ezagutzen duen epaileari ez dio uzten bere behin

betiko epaiaren eraginkortasun osoa bermatuko duen behin behineko neurririk hartzen.

Hau biktimentzako irain berri bat da, eta borrero finantziarioentzako opari bat. Eta exekuzio hipotekarien kopurua aurreko urteetako maila dramatiko berdinean jarraitzen duen une batean dator, langabeziak eta pobreziak gora egiten duten bitartean, banketxeen eta IBEXean kotizatzen duten enpresa handien irabaziek bezalaxe.

Euskadiko Hipotekaren Kaltedunen Elkarteak ez gara aspertuko maula finantziarioaren ondorioz pobreturiko fede oneko zordunen egoera benetan hobetuko duten neurriak eskatzeaz. Neurri hauek gure Lege Ekimen Herrikoian zeuden, Rajoy-ren lege hipotekarioak traizio egin zion lege ekimenean. Etxea ordainetan ematea eta alokairu soziala edota zorra kitatzea dira neurri hauek, eta tamalez Euskadin mailegu gehien eman dituen

banketxeak, KUTXABANKek, sistematikoki ukatzen ditu, nahiz eta aurtengo urtearen lehen erdian 76 milioi euroko irabaziak izan, 2013an baino %57,3 gehiago.

Azkenik, dei egiten diegu Euskadiko epaitegietan ohiko etxekizitza exekutatzeako eskariak dituzten herritar guztiei gertuen duten Plataformarekin hartuemantean jartzeko.

Telefonoak http://stopdesahucios.plazan.net/ webgunean topatuko dituzte, eta autonomia erkidegoko hiru hiriburutakoak hauek dira:

Donostia: 669 428 598,

Bilbo: 610 891 789, eta

Gasteiz: 616 385 471.




BAI, POSIBLE DA.

lunes, 1 de septiembre de 2014

APUNTES PARA UN DEBATE SOCIAL SOBRE POLITICAS PUBLICAS DE VIVIENDA


La movilización social ante la estafa de la crisis ha dejado al descubierto hasta que punto la vivienda es un lucrativo negocio. Antes de la crisis, una parte importante de la sociedad no podía acceder a una vivienda, y otra parte tenía que hacerlo comprándolas a precios sobrevalorados, lo que obligó a contraer enormes deudas. Promotoras, constructoras, inmobiliarias, y entidades bancarias, ganaron enormes sumas de dinero. Cuando empezó la crisis las deudas se convirtieron en una trampa para cientos de miles de familias que están haciendo enormes sacrificios para pagar su hipoteca, o se han visto abocadas a perder sus casas, y en muchos casos arrastrar una deuda de por vida.

Actualmente la suspensión de los lanzamientos (desalojos forzosos), de colectivos especialmente vulnerables, esta retrasando en el tiempo los desahucios, pero aún así el año pasado se iniciaron 83.000 ejecuciones hipotecarias, y se desahuciaron a 67.000 personas. Un 38,4 % se debió al impago de la hipoteca y un 56,8% al impago del alquiler. En el 70% de los desahucios hay menores afectados. Por eso defendemos que ninguna familia sea desahuciada por carecer de recursos para hacer frente a su hipoteca, y que, en última instancia, se le aplique la dación en pago, se incorpore su vivienda al parque público, y la siga habitando en régimen de alquiler social.

Mientras a las familias se las desahucia, el Estado y el Banco Central Europeo han puesto a disposición de las entidades bancarias cientos de miles de millones de euros. El Estado avala a las entidades financieras, les presta dinero, les inyecta capital y, finalmente, les compra suelos y viviendas que no pueden vender al precio que les permita recuperar sus pérdidas. El mismo Gobierno que aprueba medidas restrictivas sobre los desahucios crea la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), que se encargará de comprar los activos inmobiliarios tóxicos de los Bancos con dinero público. El resultado, que el Estado se hace cargo de la deuda privada incobrable de los Bancos, aumentando la deuda pública y recortando aún más el gasto social.

No es un problema nuevo, hace 120 años Engels citaba en su obra Contribución al Problema de la Vivienda que: “Los obreros deben cargarse de deudas hipotecarias muy pesadas… y convertirse más que nunca en esclavos de sus amos, pues están atados a sus casas… y han de aceptar todas las condiciones de trabajo que les ofrezcan.” Hoy también, el endeudamiento incrementa la explotación y ayuda al control social de la población.

La vivienda es una necesidad básica del ser humano, un espacio vital para desarrollar la vida, un factor de integración social y desarrollo personal y, sin embargo, aunque el derecho a la vivienda esta reconocido formalmente en múltiples pactos internacionales y estatales, la realidad es que en la economía capitalista el acceso a la vivienda nunca será considerado un derecho sin luchar, debido a que el principio y fin del modo de producción capitalista es valorizar el capital, y esta claro que la inversión inmobiliaria canaliza una parte importante de la plusvalía que no se reinvierte en capital productivo.

Por ello cualquier política de vivienda pública afecta directamente a los intereses de la burguesía y su representación política. Construir viviendas requiere financiación y el sector privado no renunciará voluntariamente al negocio que supone la producción, préstamos, hipotecas, o la promoción de viviendas. Además, el capital ofrecerá resistencia, a través de su control de la deuda pública, y sus representantes políticos defenderán la privatización mediante concesiones administrativas para construir, o mediante la gestión privada, como ocurre con el parque de alquiler de vivienda publica gestionado por Alokabide, que funciona con criterios de rentabilidad y ahorro, y no con criterios sociales. Igual ocurrirá si se adoptan medidas en relación con las viviendas vacías porque una buena parte de ellas son propiedad de Bancos, inmobiliarias o grandes grupos inversores.

De ahí la necesidad de reivindicar la nacionalización de la Banca, bajo control de los trabajadores, y de oponerse a la privatización de KUTXABANK, y la bancarización de las antiguas Cajas de Ahorro, porque representan la base para la creación de una Banca Pública que posibilite un acceso barato al crédito, la lucha contra la regulación actual del crédito, o el desarrollo de políticas sociales como el programa de viviendas subvencionadas de VITALKILER que desaparecerá junto con la Obra Social de las Cajas si se culmina el actual proceso privatizador.




La movilización social de los últimos años, especialmente la lucha de las Plataformas de Afectados por la Hipoteca (PAHs) contra los desahucios, está calando, incluso en el aparato judicial, y esta erosionando los pilares de un sistema al servicio de multinacionales y banqueros. Ha situado, además, en primer plano tres cuestiones fundamentales; que existen edificios suficientes para remediar una parte importante de las necesidades de vivienda si se les da un uso racional, que la vivienda, en cuanto propiedad, debe tener una función social, y que hay que reforzar los mecanismos de participación social y cambiar todas las leyes que actualmente representan un obstáculo para una política pública de vivienda.

El artículo 47 de la Constitución Española (CE) establece que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y ordena específicamente a los poderes públicos la promoción de las condiciones necesarias para la efectividad de tal derecho, pero, tal y como establece el artículo 53.3, este derecho “sólo podrá ser alegado ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen”. Por otro lado, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, en su artículo diez, recoge como competencia exclusiva la de urbanismo y vivienda, que habría que coordinar con la competencia municipal sobre ordenación territorial y disciplina urbanística.

La cuestión es que no hay todavía una Ley de Vivienda Vasca porque se ha preferido desarrollar la política de vivienda a través de múltiples disposiciones con un denominador común: incoherencia, primacía de la iniciativa privada, y desconexión en las actuaciones de todas las instituciones que tienen competencia en la materia. A pesar de todo, es reconocible un modelo urbanístico y de vivienda vasco caracterizado por un importante reparto público de las plusvalías, y su conversión en patrimonio público de suelo y vivienda, un patrimonio que desde el inicio de la crisis esta amenazado, incluso está siendo desmantelado, y que tenemos que defender.

Para ello la sociedad civil tenemos que situar la política de vivienda pública en el primer plano de actualidad, y el Proyecto de Ley de Vivienda, presentado en el Parlamento Vasco hace ya un año, es una oportunidad para ello, igual que lo es la lucha de los inquilinos de viviendas públicas de Alokabide (6.000 viviendas).

En esa dirección KALERATZEAK STOP DESAHUCIOS estamos a favor de una Ley Vasca de Vivienda que establezca varias cuestiones nucleares:

  • DECLARAR el DERECHO SUBJETIVO, UNIVERSAL Y EFECTIVO, AL USO DE UNA VIVIENDA DIGNA, exigible frente a la Administración y ante los Tribunales de Justicia. Un derecho que será cuestionado por interpretaciones restrictivas del Tribunal Constitucional pero que será vinculante para todos los poderes públicos autonómicos y punto de partida para confrontar con el Estado y avanzar en su reconocimiento para todas las personas.

Para garantizar este derecho defendemos que las Administraciones dirijan todos los recursos necesarios al fortalecimiento del Parque Público de Viviendas de Alquiler a fin de cubrir las necesidades sociales, siempre considerando que la construcción masiva no es compatible ni con el medio urbano ni con la necesidad de invertir en rehabilitación que genera tres veces más puestos de trabajo directos que la construcción de obra nueva.

Justo en la dirección contraria a la actual, pues, en la CAV, desde el inicio de la crisis, los recursos presupuestarios dedicados al alquiler (vivienda social, alojamientos dotacionales, vivienda protegida en alquiler, o movilización de vivienda vacía en alquiler protegido) han descendido más de la mitad.

Además, el Gobierno Vasco insiste en liquidar el parque de viviendas VPO edificadas en régimen de superficie, que es en realidad un parque de viviendas de alquiler social a largo plazo en el que las familias pagan el derecho de superficie pero el suelo sigue en manos públicas. Unas 14.500 viviendas en la actualidad cuya propiedad volverá a las administraciones públicas al cabo de 75 años, sin indemnización. Un sistema que fomenta el acceso a una vivienda digna a un precio social de forma vitalicia, con bajo gasto presupuestario, dado que los usuarios financian la vivienda, con un buen nivel de mantenimiento, y con recuperación futura por el sector público para futuros procesos de rehabilitación y regeneración urbana. Los sucesivos intentos del Gobierno Vasco para vender el suelo de estas viviendas, primero con el PSE gobernando, y ahora con el PNV, van en contra de la intención declarada de fortalecer el alquiler social.




  • DECLARAR la FUNCIÓN SOCIAL DE LA VIVIENDA, tal y como recoge el artículo 33 de la CE, de tal forma que se adopten medidas en relación con las viviendas desocupadas que no la cumplan. En la eurozona hay 11 millones de casas vacías, de las que 3,4 millones están en el Estado español, y 91.000 en Euskadi, según la Estadística de Vivienda Vacía 2013 elaborada por el Gobierno Vasco, de las que 29.000 son de temporada y 62.000 deshabitadas. Por el lado de la demanda Etxebide contabilizaba a 31 de diciembre de 2013 casi 87.000 expedientes, de los cuales más de 50.000 reclaman una vivienda en alquiler.

Hasta ahora, en el Estado, todas las medidas para movilizar el parque de viviendas vacías se han basado en incentivar al propietario, y han sido un rotundo fracaso. En 2011 se aprobó el “desahucio express”, con el argumento de dar mas garantías a los propietarios de inmuebles, dejando en el desamparo a las personas mas vulnerables, sin ingresos para pagar la renta de alquiler, a los que ahora se esta desahuciando sin miramientos y sin alternativas. La realidad es que menos de un 20% de la población tiene inmuebles distintos de la vivienda principal, y la confusión interesada, creada desde el poder, entre el pequeño y el gran propietario ha permitido legislar a favor de los intereses de los grandes propietarios sin levantar sospechas, y además venderlo como si fuera un beneficio para toda la población. En mayo de 2012 se reformó la Ley de Arrendamientos Urbanos liberalizando más el alquiler, reduciendo la duración de los contratos a tres años, agilizando el desahucio por impago, y desvinculando la actualización de la renta de alquiler del IPC. Estas reformas legales anulan el alquiler como una alternativa real a la compra y es necesario cambiarlas

Además, como propuestas a debate, defendemos:

  • Que las viviendas desocupadas cuya propiedad proceda de una ejecución hipotecaria sean expropiadas en su uso por cinco años, prorrogables, y destinadas al alquiler público, preferentemente para las personas afectadas por el desahucio, y sin ningún tipo de compensación. Son viviendas vacías, propiedad de los bancos y sus inmobiliarias, a la espera de que aumente el precio de mercado, o se vendan, o se alquilen a unos precios inaccesibles para la mayoría. Tan sólo el año pasado los bancos se quedaron con 50.000 pisos por impago, un 11% más que en 2012
  • Que las viviendas desocupadas cuya propiedad corresponda a una persona jurídica sean objeto de alquiler forzoso para atender a la demanda de vivienda en régimen de alquiler público, sin ningún tipo de compensación.
  • Que las viviendas deshabitadas cuya propiedad corresponda a un particular sean objeto de un tratamiento fiscal que impulsase su alquiler, y reforzase la movilización de vivienda vacía que representa BIZIGUNE.

Algunas de estas medidas ya existen en Europa; en Holanda la ocupación de viviendas que lleven mas de un año vacías es legal, en Dinamarca hay multas si la vivienda esta vacía mas de seis semanas, en Francia hay una tasa del 10% del valor catastral, o en Alemania se puede llegar a la expropiación de viviendas vacías.

  • CREAR un Servicio Público de Vivienda, con representación de la sociedad civil, que coordine el conjunto de las intervenciones en materia de vivienda y urbanismo de las distintas administraciones, y un Registro Único, de viviendas públicas y de viviendas deshabitadas, diferenciando entre las que son propiedad de personas físicas y jurídicas. Es fundamental cuestionar la actual falta de representatividad social en el diseño y ejecución de las políticas públicas de vivienda, y reivindicar que “las organizaciones de vecinos e inquilinos deben participar en la definición de las estrategias en materia de vivienda de los Estados miembros”, tal y como establece el INFORME, de 30 de abril de 2013, sobre la Vivienda Social en la Unión Europea, aprobado por el Parlamento Europeo.

  • REFORZAR el actual Parque Público de Viviendas Públicas de Alquiler, en total 6.098 viviendas (2.779 en Araba, 1.273 en Gipuzkoa y 2.046 en Bizkaia), revisando en profundidad la normativa que lo regula, para que cumpla su función social. La movilización que venimos protagonizando KALERATZEAK STOP DESAHUCIOS y los inquilinos de Alokabide, desde el año pasado, para denunciar los desahucios en viviendas públicas y reclamar un alquiler justo, consiguió que el pasado siete de abril el Parlamento Vasco aprobara una serie de medidas que consideramos mínimas:

  • Que en ningún caso se inicie el procedimiento de desahucio en viviendas de gestión pública cuando la causa sea el impago de la renta de alquiler por insuficiencia de ingresos comprobada.
  • Que el precio máximo de la vivienda pública, que sirve para el cálculo de la renta de alquiler, se adecue a la variación de precios.
  • Que la renta de alquiler mas las tasas y gastos fijos de comunidad, incluidos los gastos para disponer de calefacción o agua caliente, no superen el 30% de los ingresos
  • Que se revise anualmente la renta de alquiler, y automáticamente cuando haya una reducción de ingresos desde el momento en que se produce la reducción.
  • Que se les incluya en la actual Prestación Complementaria de Vivienda que gestiona Lanbide.
  • Que se garantice la intervención directa de los inquilinos en la gestión de los gastos de comunidad, incluidos los energéticos.

El Gobierno Vasco se esta oponiendo a este acuerdo, democráticamente aprobado, aplicando una Instrucción Interna aprobada en diciembre, que no respeta los acuerdos del Parlamento, y negándose a dialogar con los afectados. Esta realidad situa en un primer plano para que sirven las actuales instituciones cuando las decisiones reales se adoptan al margen de ellas o en su contra.

Actualmente estamos viendo que las medidas adoptadas por el Gobierno Vasco persiguen reducir el espacio público de vivienda a favor del sector privado, reactivar el sector inmobiliario, detener la caída de precios, y proteger los intereses de los grandes propietarios. Un ejemplo es la apuesta por acabar con el programa BIZIGUNE, que cuenta con 5.000 viviendas libres vacías en suelo urbano consolidado en alquiler social, y sustituirlo por un papel intermediario en el que la administración se limitaría a firmar un seguro que garantizase el cobro del propietario y la devolución en condiciones del piso al final del contrato. Otro ejemplo es el Plan Director de Vivienda 2013-2016 del Gobierno que apuesta por el alquiler y la rehabilitación pero no habilita los recursos necesarios para cumplir los objetivos que se pretenden.

Por eso es necesario luchar codo con codo, aquí y en el conjunto del Estado, para que se garantice el derecho universal a un techo, y, al mismo tiempo, para modificar la normativa que se opone a una política de vivienda social, especialmente la Ley Hipotecaria, acabando con las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios y el descarado apoyo a los banqueros. También la regulación del crédito hipotecario, dado que su limitación ayudaría a reducir los precios de la vivienda. Si se limitara el crédito, o la duración de las hipotecas, la capacidad de endeudamiento de la unidad familiar se reduciría y tendría que bajar el precio de la vivienda.

La sociedad debemos movilizarnos para que no se vuelva a empujar a las familias a hipotecarse y para cambiar la cultura de la propiedad por una cultura de alquiler social que garantice el derecho de todas las personas al uso de una vivienda digna y adecuada. En este camino KALERATZEAK STOP DESAHUCIOS vemos necesario trabajar para que los organismos sociales acuerden posiciones unitarias en torno a la vivienda y articulen un proceso de debate y movilización social capaz de situar la lucha por pan, trabajo y techo como derechos fundamentales de cualquier persona.

KALERATZEAK STOP DESAHUCIOS ARABA ANTE EL DEBATE SOBRE LA VIVIENDA EN EL PARLAMENTO VASCO

DECALOGO DE MEDIDAS

1.- Derecho subjetivo, universal y efectivo, al uso de una vivienda digna, exigible frente a la administración y ante los Tribunales de Justicia.

2.- Orientación de TODOS los recursos necesarios en materia de vivienda por las Administraciones para crear un Parque Público de Viviendas de Alquiler que cubra las necesidades sociales.

3.- Creación de un Servicio Publico de Vivienda que coordine el conjunto de las intervenciones en materia de vivienda y urbanismo de las distintas administraciones. Un Servicio Publico con representación de la sociedad civil.

4.- Declaración de la FUNCION SOCIAL de la vivienda. Las viviendas desocupadas cuya propiedad proceda de una ejecución hipotecaria serán expropiadas en su uso por cinco años, prorrogables, y destinadas al alquiler público, preferentemente a las personas afectadas por el desahucio, y sin ningún tipo de compensación. Las viviendas desocupadas cuya propiedad corresponda a una persona jurídica seran objeto de alquiler forzoso para atender a la demanda de vivienda en regimen de alquiler público, sin ningún tipo de compensación. Las viviendas desocupadas cuya propiedad corresponda a un particular serán objeto de un tratamiento fiscal que impulse su alquiler.

5.- En ningún caso se iniciara el procedimiento de desahucio en viviendas de gestión pública cuando la causa sea el impago de la renta de alquiler por insuficiencia de ingresos comprobada.

6.- La renta de alquiler social no podrá ser superior al 20% de los ingresos, se revisará anualmente, junto con el valor máximo de venta de la vivienda, y no excluirá la Ayuda Complementaria de Vivienda. Las viviendas públicas no podrán estar desocupadas y se garantizará la intervención de los inquilinos en la gestión de los gastos de comunidad, incluidos los energéticos.

7.- Registro único de las viviendas públicas y Registro único de las viviendas declaradas desocupadas, diferenciando entre las que pertenecen a personas físicas y personas jurídicas.

8.- Regulación del precio de alquiler en el mercado libre.

9.- Las V.P.O. edificadas en regimen de propiedad, y no adjudicadas, pasarán directamente al parque público de viviendas de alquiler.

10.- Despenalización de la ocupación de viviendas vacías que no cumplan una función social.