DOS JUZGADOS: DE DONOSTIA Y GASTEIZ NOS DAN LA RAZON EN LA CAMPAÑA INICIADA POR STOP DESAHUCIOS DE EUSKADI PARA RESCATAR A LOS DESAHUCIADOS QUE ARRASTRAN DEUDAS DE POR VIDA.
Acaban de salir dos autos de las seis demandas que los compañeros abogados Maite y José Mari han presentado en Euskadi, son de las compañeras OLGA de Gasteiz contra Kutxabank y MARIAN de Pasaia contra el BBVA
Quedan todavía 4 demandas por juzgar: una en los juzgados de Gasteiz y 3 en los de Tolosa de 4 compañeras-os a los que estos resultados judiciales les abre grandes esperanzas y también a los miles de desahuciados que lo han perdido todo.
Como es lógico este TRIUNFO hay que darlo a conocer a los miles de desahuciados, a la ciudadanía, colaboradores y adheridos para demostrar que SI SE PUEDE, acción que debemos planificar cuanto antes.
José Mari nos explica el contenido de la Sentencia de Gasteiz y del Auto de Donostia.
El Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Vitoria ha dictado Sentencia 12/2018, de 8 de enero de 2018,
por la que se declara nula la cláusula cuarta de Comisiones, tanto la de Apertura como la de
Reclamación de Posiciones Deudoras, la cláusula quinta relativa a los Gastos, y la cláusula sexta,
relativa a los Intereses de Demora, condenando a Kutxabank a devolver todo lo cobrado por
estos conceptos con sus correspondientes intereses.
Lo relevante de esta sentencia, y la hace especial, es que la demanda la interpuso una afectada
que allá por el 2011, antes de que el ordenamiento español permitiera oponer cláusulas
abusivas en los procedimientos de ejecución hipotecaria, sufrió un procedimiento de ejecución
hipotecaria a lo largo del cual fue invitada por la entidad a vender su vivienda, a entregar todo
el producto de la venta, restándole a día de hoy un pico de deuda que le continúan reclamando.
Los intereses de demora y las comisiones alcanzaron varios miles de euros, a los que la entidad
añadió, por su cuenta, varios miles más en concepto de gastos judiciales que el juzgador no
había impuesto.
La Sentencia declara nulas las comisiones, los intereses de demora y la obligación de que el
afectado pague gastos judiciales no expresamente impuestos por el juez, lo que va a permitir a
nuestra compañera recuperar una importante cantidad del dinero que le fue detraído en
aplicación de cláusulas abusivas.
Esto demuestra que todavía hay un camino por recorrer con aquellas personas que cuando no
cabía oponerse a una ejecución hipotecaria lo perdieron todo en base a unos abusos que hoy
serían impensables, personas que fueron las primeras víctimas de unas ejecuciones hipotecarias
sumarias sin posibilidad de defensa, personas, en suma, que merecen una especial dedicación
porque, con su desgracia, abrieron la puerta a que las cosas comenzaran a cambiar.
En esta línea de rescate a los primeros afectados por procedimientos de ejecución
hipotecaria sin posibilidad de defensa, el Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Donostia ha
dictado Auto de 9 de enero de 2018, por el que afirma que “no es posible que sea el
consumidor quien deba soportar las insuficiencias del sistema de ejecución hipotecaria
existente en España en el momento en que tales procedimientos tuvieron lugar, antes de
la reforma del año 2013”, desestimando la existencia de cosa juzgada que invocaba BBVA,
y ordenando la continuidad del procedimiento por el que ahora, siete años después de
que nuestra compañera lo perdiera todo por atrasarse en el pago de una cuota.
La demanda interpuesta pretende la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado y la
cláusula de intereses moratorios que le fueron aplicadas y frente a las que no pudo
defenderse; BBVA respondió que se trataba de una cosa ya juzgada porque entendía, a
sabiendas de que no era verdad, que nuestra compañera había podido defenderse; la
juzgadora ha resuelto que no es cosa juzgada y que procede ahora el enjuiciamiento.
Otro triunfo de las plataformas que están contribuyendo a que quienes lo perdieron todo
dejen de arrastrar las deudas que aún arrastran, o que, incluso, sean las entidades quienes
pasen a ser deudoras de los afectados y sean obligadas a devolverles lo que cobraron por
aplicación de cláusulas abusivas.
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