SI SE MANTIENE LA RETROACTIVIDAD DE LA NUEVA LEY DE CREDITOS INMOBILIARIOS, ACTUALMENTE EN DEBATE, LOS BANCOS ABRIRAN NUEVAMENTE MILES DE PROCEDIMIENTOS DE DESAHUCIO ACTUALMENTE SUSPENDIDOS
STOP DESAHUCIOS EUSKADI hemos tenido conocimiento, a través de los medios, de que se quiere aprobar la LEY DE CREDITOS INMOBILIARIOS con urgencia, incluso antes de que el TJUE se pronuncie sobre la CLAUSULA ABUSIVA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO. Según estas noticias, hay un peligro real de que LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA, que regula la aplicación retroactiva de la ley, salga adelante sin modificaciones, lo que supondría que los bancos vuelvan a presentar de forma masiva nuevas demandas de ejecución hipotecaria sobre viviendas habituales de miles de familias, agravando así la actual emergencia habitacional y el imparable aumento de los desahucios.
STOP DESAHUCIOS EUSKADI consideramos grave esta posibilidad, y manifestamos nuestro total rechazo a los APARTADOS 2 Y 4 DE LA DISPOSICION TRANSITORIA PRIMERA, QUE REGULA LA APLICACIÓN RETROACTIVA DE LA LEY A LOS CONTRATOS PREEXISTENTES (6 millones de hipotecas vivas).
El APARTADO 4: “Quedará regulado bajo los términos de esta Ley el vencimiento anticipado de los contratos que tenga lugar a partir de la entrada en vigor de esta norma, aunque los contratos se hubieran celebrado con anterioridad e incluso aunque contuvieran alguna estipulación al respecto”, DEBE SUPRIMIRSE, porque permite a los bancos eludir LA DECLARACION COMO ABUSIVA DE LA CLAUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO, e iniciar miles de procedimientos de desahucio basándose en la nueva ley.
El APARTADO 2, que obliga a aplicar la nueva ley SI HAY NOVACION O SUBROGACION DEL CONTRATO HIPOTECARIO, DEBE SUPRIMIRSE, porque facilita que los bancos presionen, por miedo al aumento de los intereses legales (Euribor), o por otros medios, para cambiar las escrituras a su favor, esquivando las actuales cláusulas abusivas de los contratos suscritos antes de que entre en vigor la ley.
Estos dos apartados permiten a los bancos declarar Vencimientos Anticipados cuando ahora no pueden hacerlo, o permitir que apliquen un interés de demora 3 puntos por encima del interés legal cuando ahora no pueden cobrar nada, porque los tribunales están declarando de oficio como abusivos los que contienen las hipotecas actuales.
Desde hace más de un año, los bancos han dejado de ejecutar hipotecariamente a familias con impagos, a la espera de que el TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO determine si la declaración de nulidad de LA CLÁUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO, que tienen el 99% de los contratos hipotecarios, significa el archivo del procedimiento, y a la espera también de que la nueva LEY DE CREDITOS INMOBILIARIOS les favorezca. Este dato esta confirmado por el descenso en las ejecuciones hipotecarias, hasta un 40% en un año.
El dotar de retroactividad a una nueva norma sobre el vencimiento anticipado tendrá como resultado el reactivar miles de demandas de ejecución hipotecaria, y suprimir el efecto disuasorio para que los bancos dejen de estafar y dejen de incumplir la ley, como esta ocurriendo con su negativa a ofrecer elCBPB, o Decreto Guindos, que permite la moratoria del pago durante cinco años.
El TJUE ha dejado claro que LA DECLARACIÓN DE ABUSIVIDAD de estas cláusulas significa que no se pueden aplicar. Tampoco pueden ser moderadas por una resolución judicial, ni sustituidas por una norma imperativa posterior. ES ASÍ, PORQUE LOS EFECTOS DE LA ABUSIVIDAD SE IMPONEN A LOS BANCOS COMO UNA SANCIÓN, PARA QUE DEJEN DE INCORPORAR A LOS CONTRATOS CLÁUSULAS ABUSIVAS. La retroactividad por tanto sería contraria a la Directiva 93/13 CEE, y al Principio de Protección de la parte más débil del contrato.
Actualmente, estamos viendo como los bancos están maniobrando y ejerciendo presiones para que las resoluciones judiciales les afecten lo mínimo posible, a costa de los consumidores. El PLENO DEL TS, previsto para el 5 de noviembre, responde a esas presiones, con el fin de rectificar el carácter retroactivo de la decisión del mismo TS declarando que el IMPUESTO HIPOTECARIO (IAJD) debe pagarlo el banco.
Por todo ello, STOP DESAHUCIOS EUSKADI, defendemos que se supriman los apartados dos y cuatro de la DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA DEL PROYECTO DE LEY DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, de tal forma que la nueva redacción del vencimiento anticipado no tenga carácter retroactivo, y los bancos estén a lo que decida el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que no se obligue a aplicar la ley cuando hay novación o subrogación del contrato.
Os recordamos que, en el otoño del 2015, las JJGG de los tres territorios de la CAV y los AYUNTAMIENTOS de sus capitales, aprobaron declararse como TERRITORIOS LIBRES DE DESAHUCIOS. Si se consuma esta retroactividad de la Ley de Crédito Inmobiliario confluirían la escalada de desahucios por alquiler con los de ejecuciones hipotecarias, afectando principalmente a familias vulnerables amparadas por el DICTAMEN DESC DE NACIONES UNIDAS, de junio de 2017, declarado obligatorio por STS 1263/2018, DE 17 DE JULIO, que exige una alternativa habitacional adecuada antes de proceder a un desalojo forzoso de su vivienda habitual.
ES POR ELLO QUE QUEREMOS QUE TRASLADEIS A VUESTROS GRUPOS EN EL CONGRESO NUESTRA POSICION SOBRE ESTA CUESTION QUE PUEDE TENER REPERCUSIONES MUY GRAVES PARA LOS CONSUMIDORES Y PARA EL AUMENTO DE LOS LANZAMIENTOS POR EJECUCION HIPOTECARIA.
Estas son las noticias por las que os trasladamos nuestra gran preocupación:
El Gobierno pretende que los bancos tengan más difícil iniciar los trámites para ejecutar las hipotecas en caso de impago y proceder al desahucio de su cliente. El PSOE ha propuesto en el ...
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