viernes, 10 de noviembre de 2017

NOTA DE STOP DESAHUCIOS EUSKADI A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Un nueve de noviembre de hace cinco años AMAIA EGAÑA, vecina de Barakaldo, se suicidaba cuando iba a ser desahuciada. Más de veinte mil personas salieron a la calle denunciando los recortes sociales y la vulneración del derecho fundamental a una vivienda.
Desde entonces muchas cosas han cambiado. Ese mismo año, las PLATAFORMAS ANTIDESAHUCIOS recogían un millón y medio de firmas en todo el estado, ochenta mil en Euskadi, en apoyo de una INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR que cambiase de raíz la legislación que estaba amparando que miles de familias perdieran su vivienda habitual y arrastraran deudas impagables de por vida.  
Fueron ejecuciones hipotecarias basadas en cláusulas que hoy sabemos que eran abusivas, como la de Vencimiento Anticipado, que permitía por impago de una cuota exigirles la totalidad del préstamo y subastarles la casa. O como la de Intereses de Demora del 18% y mas, o la cláusula suelo, o intereses como el IRPH, que hoy están siendo declarados abusivos y nulos. Los bancos se adjudicaban las viviendas por el cincuenta por ciento del valor de tasación y luego reclamaban y perseguían la deuda restante a quienes sabían que no tenían medios.
La acción de las PAHs, combinando la movilización social, la intermediación institucional, y la denuncia de cláusulas abusivas, ha conseguido que la legislación, aunque lentamente, haya ido cambiando, y que el TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO haya denunciado laLey Hipotecaria Española, el procedimiento de ejecución hipotecaria, las cláusulas abusivas, o los desalojos sin alternativa habitacional.
 Hoy los bancos no se atreven a desahuciar, admiten aplicar la carencia durante cinco años en aplicación del CÓDIGO DE BUENAS PRACTICAS BANCARIAS, e incluso la dación en pago con alquiler social, y siguen enfrentados en los juzgados a la campaña de STOP DESAHUCIOS EUSKADI para rescatar familias que fueron desahuciadas en la mas absoluta impunidad.
A pesar de ello, la desigualdad y la pobreza han crecido, y los desahucios por impago de alquiler aumentado de forma espectacular; debido a una LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS restrictiva, a la especulación de los alquileres, a un insuficiente parque de viviendas de alquiler social, y sobre todo a que el GOBIERNO VASCO no tiene voluntad de enfrentar la grave situación de emergencia habitacional que vivimos, como lo demuestra que solo un 2% del PRESUPUESTO DE LA CAV PARA 2018 se dedique a la CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, y VIVIENDA, y que el DERECHO SUBJETIVO A UNA VIVIENDA se esté reduciendo a una ayuda de 250 euros, congelada nuevamente para 2018, y sometida a requisitos que empeoran los actualmente existentes para laPCV o las AES.

EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV (PSE-EE) INTENTA RETRASAR LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO ESPERANDO QUE SE PRORROGUEN LOS 250 EUROS EN LOS PRESUPUESTOS 2018 Y QUE SE HAGA EFECTIVO EL RECORTE DE LA RGI QUE SE DEBATIRA EN EL PARLAMENTO EL PRÓXIMO ENERO.

VALORACION DE LA REUNION EL 11 OCTUBRE CON EL GV SOBRE ALEGACIONES AL PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL DERECHO SUBJETIVO DE ACCESO A LA OCUPACIÓN LEGAL DE UNA VIVIENDA O A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE VIVIENDA (PEV)
EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV (PSE-EE) INTENTA RETRASAR LA APROBACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO ESPERANDO QUE SE PRORROGUEN LOS 250 EUROS EN LOS PRESUPUESTOS 2018 Y QUE SE HAGA EFECTIVO EL RECORTE DE LA RGI QUE SE DEBATIRA EN EL PARLAMENTO EL PRÓXIMO ENERO.

A la espera de que el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV conteste por escrito a nuestras alegaciones, tal y como se han comprometido, queremos VALORAR la reunión mantenida por STOP DESAHUCIOS EUSKADI con el VICECONSEJERO DE VIVIENDA y el DIRECTOR DE PLANIFICACION DEL GV este miércoles 11 de octubre.
Con carácter general podemos decir que, con buenas palabras eso si, han venido a decir que no tienen ningún margen de maniobra porque es el PNV el que decide el presupuesto. Dicen que no hay viviendas para gestionar públicamente, ni para responder al DERECHO SUBJETIVO, que en 2018 demandará 5.000 viviendas, ni por supuesto a los 50.000 inscritos en ETXEBIDE como demandantes de una vivienda de alquiler. Dicen, también, que no tienen ninguna alternativa para movilizar vivienda vacía y están esperando la decisión del Tribunal Constitucional, que no pueden hacer nada para intervenir en el mercado libre de alquileres y luchar contra la especulación, y que tampoco contemplan ninguna reforma fiscal para favorecer el alquiler en detrimento de la opción de compra. Siguen además legislando para que los propietarios de miles de viviendas construidas en derecho de superficie puedan adquirir el suelo con lo que estas viviendas no revertirían al final de la propiedad temporal al parque publico y no dicen cuantas viviendas VPO calificadas para la venta están vacías y pueden recalificarse para el alquiler. Si el gobierno vasco no moviliza vivienda vacía, pública o privada, hacia el alquiler, ni toma medidas para evitar la especulación que esta elevando el precio de los alquileres, ni modifica la actual cuantía de la prestación, el resultado va a seguir siendo un aumento espectacular de los desahucios por impago de alquiler.
SU PLANTEAMIENTO ES SATISFACER EL DERECHO SUBJETIVO A UNA VIVIENDA CON UNA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE 250 EUROS MAXIMO QUE VIENE IMPUESTA EN SU CUANTIA POR LA LEY DE PRESUPUESTOS DE LA CAV (disposición adicional octava ley 2/2017, de 11 de abril), Y LA PERSPECTIVA ES PRORROGAR ESTA PRESTACION ARBITRARIA, DISCRIMINATORIA, E INSUFICIENTE, EN LOS PRESUPUESTOS PARA 2018 SI NO LO IMPEDIMOS.
Además, NO VAN A APLICAR EL ARTÍCULO 9.2 DE LA LEY DE VIVIENDA, QUE DICE CON CLARIDAD QUE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA SOLO DEBE ACTUAR EN DEFECTO DE VIVIENDA Y CON CARÁCTER SUBSIDIARIO. Alegan que las escasas viviendas de las que puedan disponer no pueden asignarlas exclusivamente a las personas que tengan derecho a una vivienda según la ley porque al ser un colectivo precario tienen que tener en cuenta la cohesión social. Plantean, por tanto, que un porcentaje de las viviendas de las que puedan disponer se asignen a inscritos en ETXEBIDE cuyos ingresos están por encima de los previstos en el futuro DECRETO. Para ello, dicen que van a modificar los criterios actuales de inscripción en ETXEBIDE y el BAREMO actualmente existente para asignación de viviendas (Orden 15/10/2012), aunque no dicen para cuando.
Respecto de la necesidad de excepcionar a los perceptores de RGI del requisito de acreditar tres años de antigüedad en ETXEBIDE para percibir la PCV, tal y como ocurre ahora, dicen que están estudiando como encajarlo en el decreto dado que lo normal es que vaya en una disposición final o transitoria pero ven dificultades que no explican con claridad. SI EL TEXTO SE MANTIENE TAL Y COMO ESTA AHORA SE DEJARA FUERA DE LA PRESTACION A MUCHOS DE LOS 28.000 ACTUALES PERCEPTORES DE LA PCV.
Sobre las demás propuestas de STOP DESAHUCIOS EUSKADI, rechazan referenciar los ingresos máximos al SMI, o a cualquier otro índice, apostando por poner cantidades fijas, aunque las revisarán al alza para no dejar fuera a los perceptores de la RGI. Mantienen el plazo máximo de resolución de seis meses, o que solo haya una prestación si dos familias tienen contrato de alquiler en una sola vivienda. Remiten a futuras normas el cumplimiento de la PNL 7/4/2014, aprobada por ellos mismos, que limitaba los gastos de alquiler en función de los ingresos, y dicen que estudiarán ampliar los colectivos vulnerables desahuciados que pueden ser titulares de asignación directa. Respecto de los miles de inscritos en Etxebide excluidos en 2014 mediante edictos dicen que hay un montón de demandas individuales contra el GV pero no dicen si tendrán en cuenta nuestras propuestas.
Finalizan diciendo que “van a seguir dialogando”, que siguen estudiando las propuestas, que habrá nuevos borradores, y que creen que no podrán cumplir el MANDATO DEL PARLAMENTO VASCO DE FEBRERO 2017 que daba un plazo de nueve meses para debatir y publicar el decreto. Piensan que se retrasara hasta abril de 2018, alegando que hay muchos informes preceptivos de la Oficina de Control Económico, Consejo Económico y Social Vasco, Comisión Jurídica Asesora de Euskadi o Consejo de Gobierno. También informan de que están elaborando cuatro reglamentos más de desarrollo de la Ley de Vivienda como son los de la inspección técnica de edificios, sobre patrimonio público del suelo, rehabilitación de viviendas, o el de inscripción en Etxebide.
LA CONCLUSIÓN ES QUE VAN A INTENTAR RETRASAR LA APROBACIÓN DE ESTE PROYECTO DE DECRETO; PARA QUE SE PRORROGUEN, EN LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO QUE VIENE, LOS ACTUALES 250 EUROS COMO ALTERNATIVA AL DERECHO SUBJETIVO A UNA VIVIENDA, Y PARA QUE SE HAGA EFECTIVO EL RECORTE DE LA RGI QUE EL GOBIERNO VASCO HA PROPUESTO.

sábado, 4 de noviembre de 2017

SUSPENSION DEL LANZAMIENTO EN EJECUCIONES HIPOTECARIAS Y ALQUILER DE LA VIVIENDA POR CINCO AÑOS

COMO SABEIS LOS LANZAMIENTOS, O DESAHUCIOS, CUANDO SE HA PRODUCIDO UNA EJECUCION HIPOTECARIA SE PODIAN SUSPENDER 2 AÑOS PARA AQUELLAS FAMILIAS QUE CUMPLIERAN LOS REQUISITOS COMO COLECTIVO VULNERABLE. ESTA SUSPENSION DEL LANZAMIENTO ES DE 7 AÑOS DESDE EL 15/5/2013, ES DECIR HASTA MAYO DEL 2020. SE SUSCITO LA DUDA DE SI UNA FAMILIA A LA QUE HAN SUSPENDIDO EL LANZAMIENTO O DESAHUCIO POR DOS AÑOS QUE PEDIA LA PRORROGA DE LA SUSPENSION TENIA DE NUEVO QUE JUSTIFICAR QUE CUMPLIA LOS REQUISITOS.  
RESOLUCION JUDICIAL QUE DICE QUE SE DEBE PRORROGAR LA SUSPENSION HASTA LOS SIETE AÑOS PREVISTOS LEGALMENTE SIN NECESIDAD DE TENER QUE JUSTIFICAR DE NUEVO NADA.

 SE ADJUNTA ENLACE A DOCUMENTACION PARA SOLICITAR EL ALQUILER SOCIAL POR CINCO AÑOS PARA AQUELLAS PERSONAS QUE ESTEIS AHORA MISMO EN SUSPENSION DEL LANZAMIENTO EN PROCEDIMIENTO DE EJECUCION HIPOTECARIA.

http://afectadosporlahipoteca.com/2017/05/03/kit-rdl-52017-moratoria-y-alquiler-social/




lunes, 25 de septiembre de 2017

CONVOCATORIA A LAS ORGANIZACIONES ADHERIDAS AL DECALOGO CONTRA LOS DESAHUCIOS,LA POBREZA Y LA DESIGUALDAD

STOP DESAHUCIOS EUSKADI CONVOCA RUEDA DE PRENSA CON CONCENTRACIÓN EL MIERCOLES, 27 DE SEPTIEMBRE, A LAS 1O,45 HORAS, EN LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO VASCO EN DONOSTIA (C/ANDIA), PARA PRESENTAR NUESTRAS ALEGACIONES AL PROYECTO DE DECRETO SOBRE DERECHO SUBJETIVO A LA VIVIENDA Y NUEVA PRESTACION ECONÓMICA DE VIVIENDA

En pleno mes de agosto el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV hizo público elPROYECTO DE DECRETO SOBRE EL DERECHO SUBJETIVO DE VIVIENDA Y LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE VIVIENDA (PEV), que sustituirá a la actual PRESTACIÓN COMPLEMENTARIA DE VIVIENDA (PCV), que perciben actualmente 27.000 personas en la CAV. El plazo de Audiencia Pública era hasta el 29 de septiembre y el GV ha extendido este plazo, a petición nuestra, hasta el 8 de octubre, que consideramos insuficiente para garantizar la participación ciudadana.
Este DECRETO, que lleva ya un retraso de dos años, debe establecer los requisitos para acceder al derecho subjetivo a una vivienda, previsto en la LEY DE VIVIENDA vasca y definir la nueva prestación económica de vivienda. En julio el GV envió 3.410 cartas a familias diciéndoles que tenían derecho al DERECHO SUBJETIVO  A UNA VIVIENDA, y cuando han hecho la solicitud les han contestado que no tienen viviendas. Buena parte de esas familias ya estaban percibiendo laPCV, asociada a la RGI, y a las demás ni siquiera les darán prestación porque no hay viviendas de alquiler asequible.  
Denunciaremos como se está vaciando de contenido la Ley de Vivienda vasca, como se pretende sustituir el derecho subjetivo a una vivienda por una prestación de 250 euros, como la falta de viviendas de alquiler público esta repercutiendo en agravar la actual emergencia habitacional, y cuales son nuestras propuestas en relación al PROYECTO DE DECRETOpresentado por el CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA.
ESPERAMOS CONTAR CON EL APOYO, que siempre nos habéis demostrado  Y PRESENCIA FISICA, una vez más en esta concentración  


ETXEGABETZEEN, POBREZIAREN ETA EZBERDINTASUN SOZIALEN AURKAKO DEKALOGORA ATXIKITAKO TALDEENTZAKO DEIALDIA
EUSKADIKO ETXEGABETZEAK STOP PLATAFORMATIK ELKARTARATZEA DEITZEN DUGU, DATORREN ASTEAZKENEAN HILAK 27, GOIZEKO 10:45ETAN. DONOSTIAKO EUSKO JAURLARITZAREN ORDEZKARITZAN EGINGO DUGU (ANDIA KALEAN). BERTAN ETXEBIZITZARAKO ESKUBIDE SUBJEKTIBOAREN ETA ETXEBIZITZAREN PRESTAZIO EKONOMIKO BERRIEN DEKRETUAREN PROIEKTUARI EGIN DIZKIOGUN EMENDAKINAK AURKEZTUKO DITUGU.
Abuztu erdi-erdian EUSKO JAURLARITZAKO ETXEBIZITZA DEPARTAMENTUAK ETXEBIZITZARAKO ESKUBIDE SUBJEKTIBO ETA ETXEBIZITZARAKO PRESTAZIO OSAGARRIA (PCV) ORDEZKATZEN DUEN ETXEBIZITZARAKO PRESTAZIO EKONOMIKOAREN (PEV) DEKRETU PROIEKTUA aurkeztu du. Gaur egun, EAE-n 27.000 pertsonak jasotzen dute PCV-a. Audientzia publikorako epea irailaren 29 arte zen, eta Eusko Jaurlaritzak, gure eskakizunez, urriaren 8ra arte luzatu duen arren hiritargoaren parte hartzea bermatzeko nahikoa ez dela uste dugu.
Beste behin ere, askotan erakutsi diguzuen BABES ETA PRESENTZIA FISIKOA izatea espero dugu elkarteratze honetan ere.

COMUNICADO + FOTOGRAFÍAS + TEXTOS ALEGACIONES DE ESTOP DESAHUCIOS EUSKADI EN LA CONCENTRACIÓN DE HOY 27/09 EN DONOSTI GOBIERNO VASCO 11 H.:

domingo, 17 de septiembre de 2017

A TODAS LAS ORGANIZACIONES ADHERIDAS AL DECALOGO DE MEDIDAS BASICAS CONTRA LOS DESAHUCIOS, LA POBREZA, Y LA DESIGUALDAD

El 4 de agosto, en plenas vacaciones, el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV hizo público el PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL DERECHO SUBJETIVO A LA OCUPACIÓN LEGAL DE UNA VIVIENDA O A LA PRESTACIÓN ECONÓMICA DE VIVIENDA. El 31 de julio la DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN DEL GV hizo pública la APERTURA DEL TRAMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PROYECTO DE DECRETO, hasta el 29 de septiembre de este año. STOP DESAHUCIOS EUSKADI registramos nuestras propuestas en el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV el 21 de agosto.
ESTE PROYECTO DE DECRETO ES MUY IMPORTANTE; PORQUE DEFINE LOS REQUISITOS DE ACCESO AL DERECHO SUBJETIVO A UNA VIVIENDA, Y TAMBIEN LAS CARACTERISTICAS DE LA NUEVA PRESTACION ECONOMICA (PEV) QUE VA A SUSTITUIR A LA ACTUAL PRESTACION COMPLEMENTARIA DE VIVIENDA (PCV), ASOCIADA A LA RGI.
¡ HAY QUE MOVERSE ¡
POR ELLO OS HACEMOS UN LLAMAMIENTO A PARTICIPAR CON NOSOTROS EN UNA CAMPAÑA DE ALEGACIONES A PRESENTAR EN EL DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV.
EN PRIMER LUGAR, HEMOS REGISTRADO EL DIA 11 SEPTIEMBRE UNA PETICIÓN EN EL G.V. PARA AMPLIAR EL PLAZO DE ALEGACIONES QUE TERMINA EL 29/09, DADO QUE AGOSTO Y SEPTIEMBRE SON PERIODOS VACACIONALES.
EN SEGUNDO LUGAR, CON EL FIN DE FACILITAR VUESTRA PARTICIPACION EN ESTA CAMPAÑA DE ALEGACIONES QUE HAY QUE EMPEZAR YA, OS ADJUNTAMOS:
1.- MODELO DE ALEGACIONES, a REGISTRAR directamente en el  DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV,  o en  ZUZENEAN,  o DELEGACIONES TERRITORIALES DEL G.V, o en los AYUNTAMIENTOS, firmadas  tanto por organizaciones como por particulares. Os pedimos que GUARDEIS LA COPIA DE LAS QUE REGISTREIS, COMO PARTIDOS Y/U ORGANIZACIONES SOCIALES, PARA APORTARLA  EN LA RUEDA DE PRENSA CON CONCENTRACION QUE CONVOQUEMOS.
2.- EL ESCRITO RESUMIDO DE LAS MODIFICACIONES PRESENTADAS POR STOP DESAHUCIOS EUSKADI PARA VUESTRA INFORMACION.
Con suficiente antelación os informaremos de la rueda de prensa con concentración para dar a conocer la campaña y el contenido de las alegaciones.
PARA CUALQUIER DUDA, OBTENER MAS INFORMACION, Y/0  APORTAR INICIATIVAS a plantear en las Instituciones que den proyección a la misma,  llamar al tfno. 688683939 de GASTEIZ (Arturo), o al tfno. 669428598 de GIPUZKOA. (Rosa), o escribir al correo stopdesahucios.gasteiz@gmail.com

 A TODAS LAS ORGANIZACIONES ADHERIDAS AL DECALOGO DE MEDIDAS BASICAS CON-TRA LOS DESAHUCIOS, LA POBREZA Y LA DESIGUALDAD
Este mes de agosto, después de dos años de vigencia de la ley, y de aplicarse arbitrariamente por el gobierno, el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA DEL GV, dirigido por el PSE-EE, cumpliendo el Acuerdo del Parlamento Vasco de 10 de febrero 2017, ha hecho público el ANTEPROYECTO DE DECRETO RE-GULADOR DEL DERECHO DE ACCESO A LA OCUPACION LEGAL DE UNA VIVIENDA O A LA PRES-TACION ECONOMICA DE VIVIENDA (PEV).
Como sabéis, la LEY VASCA DE VIVIENDA, desde su nacimiento en junio 2015, ha contado con la animadversión del poder político y económico, que no están dispuestos a renunciar al lucrativo negocio de la vivienda. EL PNV EN EL GV Y EL PP EN EL GE VOTARON EN CONTRA, Y SE CONJURARON PARA CONVERTIR LA LEY EN PAPEL MOJADO.
Ya durante su tramitación el PNV dio de baja en ETXEBIDE, mediante edictos y sin comunicación individual, a mas de 48.000 inscritos, en un intento claro de boicotear la ley que en su disposición transitoria establecía la inscripción como uno de los requisitos para el acceso a una vivienda. Cuando se aprobó la ley, el PNV la desprestigió públicamente aludiendo al “efecto llamada mundial”. PP-PNV retrasaron su aplica-ción nueve meses en la Comisión Bilateral de Cooperación GV-GE. Finalmente, el PP suspendió, me-diante recurso al TC, aspectos esenciales de la ley como el derecho subjetivo (6.1), el concepto de vivienda desocupada, la expropiación temporal de viviendas adquiridas por los bancos en ejecuciones hipotecarias, el alquiler forzoso, o el canon para que las viviendas deshabitadas cumplan una función social. Igual que han hecho con otras leyes de vivienda en Cataluña, Andalucía, Valencia, Murcia o Navarra.
Actualmente hay más de 40.000 mil demandantes de vivienda en alquiler inscritos en ETXEBIDE, otros muchos no inscritos, y un ingente número de personas que viven hacinadas, o en viviendas que no cumplen los requisitos mínimos para vivir dignamente, o directamente en la calle. Hay que reaccionar; in-corporando viviendas vacías de los bancos, fondos de inversión, y grandes tenedores, al alquiler social, presupuestando para construir más viviendas sociales, rehabilitando, o interviniendo para frenar la especu-lación en los precios de alquiler. Así impediremos que el DERECHO SUBJETIVO a una vivienda se sustitu-ya por una prestación de 250 euros mes, o se limite a redistribuir las escasas viviendas del Parque Público, reasignándolas a las personas con menos recursos económicos pero sin afrontar la actual emergencia habi-tacional cuando esta creciendo la pobreza crónica, el 40% de los hogares tienen dificultad para llegar a fin de mes, el 17% problemas para pagar la luz y el gas, y el 15% dedican mas del cuarenta por ciento de sus ingresos en gastos de vivienda.
STOP DESAHUCIOS EUSKADI, que en febrero presentamos por escrito propuestas en relación al desarrollo de la LEY DE VIVIENDA y al PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS DE ALQUILER, sin haber recibido contestación, hacemos ahora públicas nuestras propuestas para su debate, de acuerdo al DECA-LOGO DE MEDIDAS BASICAS CONTRA LOS DESAHUCIOS, LA POBREZA Y LA DESIGUALDAD.
Previamente, queremos manifestar nuestra TOTAL OPOSICIÓN al intento del PROYECTO de remi-tir a futuras normas ( Arts. 5 y 16) la cuantía de la nueva PRESTACIÓN ECONÓMICA DE VIVIENDA (PEV), o el establecimiento de la renta de alquiler, sin fijar los límites de dicha renta en función de los ingre-sos, y sin tener en cuenta por tanto la PNL aprobada por el Pleno del Parlamento Vasco el 7/4/2014.
Igualmente, consideramos que el PROYECTO no respeta en su integridad la PNL 32/2016 PV. No obstante, valoramos de forma positiva el que se hayan introducido; el derecho de arraigo para asignar vi-vienda, tal y como acordó el Parlamento Vasco (PNL 32/2016), la dación en pago en ejecuciones hipoteca-rias, el silencio administrativo positivo, tal y como recoge la PCV, o la supresión del requisito, en el caso de extranjeros, del permiso de residencia temporal para inscribirse en ETXEBIDE, excepción ya contemplada en el art. 5.c del Decreto regulador de la PCV.
10 MODIFICACIONES DE STOP DESAHUCIOS EUSKADI AL ANTEPROYECTO DE DE-CRETO REGULADOR DEL DERECHO SUBJETIVO A UNA VIVIENDA
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1.- El ANTEPROYECTO, empeora la ley, estableciendo que el Derecho Subjetivo se puede satisfacer,
indistintamente, mediante la adjudicación de una vivienda o de una prestación económica. LO QUE
DICE LA LEY EN SU ART. 9.2 ES QUE LA PRESTACIÓN ECONÓMICA SÓLO DEBE ACTUAR EN DEFECTO
DE VIVIENDA O ALOJAMIENTO, Y CON CARÁCTER SUBSIDIARIO. (Art. 1).
2.- Defendemos que la DISPOSICION FINAL PRIMERA, que exceptúa de los procedimientos de
adjudicación previstos legalmente a las familias con dos hijos menores que sean desahuciadas de su vivienda
habitual, SE AMPLÍE A LAS FAMILIAS DESAHUCIADAS ESPECIALMENTE VULNERABLES.
3.- La PEV de 250 euros que esta aplicando ahora el DEPARTAMENTO DE VIVIENDA la consideramos
INSUFICIENTE, ARBITRARIA Y DISCRIMINATORIA, porque no tiene en cuenta ingresos, número
de miembros, ni características de la vivienda, y porque no aplica límite de renta que si afecta a quienes se
asigne una vivienda social. POR LO TANTO DEFENDEMOS (Art. 16)
A) En los casos de ARRENDAMIENTO y COARRIENDO de una vivienda privada en alquiler la PEV
será la diferencia entre la RENTA DE ALQUILER SOCIAL, fijada en función de los ingresos, numero de
miembros, y características de la vivienda, y la RENTA DE ALQUILER REAL, con el límite en este caso de
la renta media de alquiler en el municipio correspondiente.
B) En los casos de SUBARRIENDO, HOSPEDAJE, ALQUILER DE HABITACIONES, y ALOJAMIENTOS
COLECTIVOS, la PEV será una cuantía máxima, que no podrá ser inferior a la prevista en la
actual PCV. El GV debe regular el establecimiento oficial de unos precios de alquiler máximos en la CAV
con el fin de frenar la actual especulación y atender a la Función Social de la vivienda.
4.- El requisito de llevar 3 años inscritos en ETXEBIDE no se exigirá a los perceptores de la RGI,
bastando con estar inscrito o haber solicitado la inscripción, sin necesidad de acreditar antigüedad en el
mismo, tal y como ocurre ahora con la normativa vigente. Así se respeta la PNL 32/2016 aprobada por PV.
5.- El requisito de llevar 3 años inscritos en ETXEBIDE se sustituirá por el EMPADRONAMIENTO
en los siguientes supuestos: (Art. 2.2.C)
a.- Personas desahuciadas de su vivienda habitual que no han podido estar inscritas por impedirlo
la normativa de registro,
b.- Colectivos vulnerables (familia numerosa, unidad familiar monoparental con hijos a cargo, unidad
familiar de la que forme parte un menor de edad, unidad familiar con uno de sus miembros con discapacidad
superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de
forma permanente para realizar una actividad laboral, unidad familiar en la que exista una victima de violencia
de genero, y las personas mayores de 60 años).
c.- Situaciones sobrevenidas de emergencia social en materia de vivienda.
6.- Para computar el requisito de antigüedad en ETXEBIDE, se respetará la adquirida por los inscritos
dados de baja, hasta dos años antes de entrar en vigor la ley, siempre que dicha baja se haya realizado
mediante edictos y sin notificación individual. Dado que su baja fue injusta, sin conocerla (Según el
ARARTEKO más de la mitad) y sin poder alegar nada, no deben perder su antigüedad como inscritos. (Art.
2.2.C)
7.- El requisito de ingresos mínimos exigible para inscribirse en ETXEBIDE se debe anular dado
que no aparece en la ley de vivienda. El requisito de INGRESOS MAXIMOS, en lugar de una cantidad fija
como plantea el proyecto (9.000, 12.000, y 15.000 euros ponderados anuales), que es una cuantía arbitraria
y esta por debajo del BAREMO DE UMBRAL DE POBREZA contenido en el anexo de la EPDS 2016, defendemos
se referencie al SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL (SMI), de tal forma que el ingreso
máximo ponderado para una persona sea el SMI (9.906.4), para dos personas 1.5 veces el SMI (14.859,6),
y para tres o mas personas 2 veces el SMI (19.812,8). A partir de enero de 2019, y previa evaluación, los
ingresos máximos aumentaran un 0.5 SMI, pasando a ser 1.5 SMI una persona, 2 SMI dos personas, y 2.5
SMI tres o mas personas. (Art. 2.2B)
8.- Cumplimiento del Acuerdo del Parlamento Vasco del 7 de abril de 2014, especialmente el de
fijar que la renta de alquiler, los gastos fijos de comunidad, y las tasas, no podrán superar el 30% de los
ingresos netos ponderados. El 15% si los ingresos netos son inferiores al SMI, tal y como se recoge en el
art. 8.3 de la LVV, en su referencia al art. 74.6. (Art. 5)
9.- El PLAZO MAXIMO DE RESOLUCION debe ser de dos meses, tal y como esta regulado actualmente
para la PCV, y no los seis meses que propone el Anteproyecto. (Art. 10)
10.- Estamos en desacuerdo con limitar el numero de prestaciones en casos de SUBARRIENDO O
ALQUILER DE HABITACIONES, y a favor de perseguir la SOBREOCUPACION, haciendo respetar las
normas, en concreto; que no haya mas de dos personas en una habitación alquilada (O 12/12/2012), y que
la superficie útil sea la prevista en el art. 62 de la ley: 25 m2 una persona, 33 m2 dos personas, y 15 m2 tres
o mas personas. (Art. 18)